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¿Quién debe contabilizar el activo? El caso de las empresas concesionarias en España

22 feb

¿Quién debe contabilizar el activo? El caso de las empresas concesionarias en España

Hace poco tiempo el ICAC publicó en su web la Orden EHA/3362/2010, de 23 de diciembre, por la que se aprueban las normas de aqdaptación del Plan General de Contabilidad a las empresas concesionarias de infraestructuras públicas.

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Cambios importantes en la contabilidad de las empresas concesionarias de infraestructuras

20 ene

Cambios importantes en la contabilidad de las empresas concesionarias de infraestructuras

Hace poco tiempo el ICAC publicó en su web la Orden EHA/3362/2010, de 23 de diciembre, por la que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las empresas concesionarias de infraestructuras públicas.

Esta norma incluye una disposición en cuya virtud se derogan la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 10 de diciembre de 1998, por la que se aprueban las Normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las sociedades concesionarias de autopistas, túneles, puentes y otras vías de peaje y la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 10 de diciembre de 1998, por la que se aprueban las Normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las empresas del sector de abastecimiento y saneamiento de aguas. Hay que recordar que tras la entrada en vigor del nuevo PGC las adaptaciones sectoriales del mismo seguían en vigor en todo lo que no contradijera los criterios del nuevo PGC.

Hasta la entrada en vigor del nuevo PGC, las adaptaciones sectoriales mencionadas contenían tres temas conflictivos:
  1. Fondo de Reversión.
  2. Naturaleza de la inversión.
  3. Gastos financieros: Las adaptaciones sectoriales permitían la activación de los gastos financieros devengados por la financiación de las infraestructuras, y regístralos en el resultado los ejercicios posteriores. Evidentemente, esta un excepción a la aplicación general del devengo que se concedía para estas empresas concesionarias.

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Se publica la adaptación sectorial del PGC a las empresas concesionarias

31 dic

Hoy se ha publicado la orden ministerial por la que se aprueban las normas de registro, valoración e información a incluir en la memoria sobre los acuerdos de concesión de infraestructuras públicas.

Si se mantiene la propuesta del borrador que se expuso al público el pasado octubre, se adapta la IFRIC-12, con algunas diferencias:

  1. Capitalización de la carga financiera en los activos intangibles durante el período de explotación.
  2. Posibilidad de no contabilizar un activo mixto cuando alguno de los componentes supongan el 90% de la contraprestación recibida.
  3. Clasificación de los ingresos y gastos financieros dentro del resultado de explotación en los activos financieros.
  4. Aplicación prospectiva, reclasificando los activos y los gastos financieros diferidos como valor inicial de los nuevos activos, frente a la aplicación retrospectiva de la IFRIC 12.

¡Habrá que leerlo!