Etiquetas: cuentas anuales

Formulación y depósito de Cuentas anuales

13 mar

En estos momentos los departamentos financieros de las empresas se encuentran enfrascados en el cierre contable y en la atención a los auditores.

Como sabemos las Cuentas anuales, en España, según el art. 34 del Código de Comercio estarán formadas por:

  • Balance.
  • Cuenta de pérdidas y ganancias.
  • Estado de cambios en el patrimonio neto.
  • Estado de flujos de efectivo (solamente obligatorio para las empresas que no pueden formular Balance, Estado de cambios en el patrimonio neto y Memoria abreviados, art. 254.1 Ley de Sociedades de Capital (LSC)).
  • Memoria.

Desde el cierre del ejercicio, se dispone de tres meses desde el cierre para que los administradores de las sociedades formulen (art. 253 LSC): las Cuentas anuales (art. 253.1 LSC), el Informe de gestión, y la propuesta de aplicación del resultado.

El Informe de gestión no será obligatorio para las sociedades que formulen balance y estado de patrimonio neto abreviados (art. 262.3 LSC). Como mínimo, los auditores disponen de un mes desde la entrega de las Cuentas anuales para presentar el informe de auditoría (art. 270 LSC). Se dispone de seis meses desde el cierre para que la Junta General de Socios apruebe las Cuentas anuales y la propuesta de distribución del resultado (art. 164 LSC).
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Modificación Plan General de Contabilidad y Aprobación nuevas Normas de Consolidación

24 sep

El 24 de septiembre ha sido publicado en el BOE el Real Decreto 1159/2010, de 17 de septiembre, por el que se aprueban las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas y se modifica el Plan General de Contabilidad y el Plan General de Contabilidad de Pymes.

Resolución del Parlamento Europeo para eximir a las microempresas de la preparación de cuentas anuales

11 mar

Vía Esteban Romero Frías

El Parlamento Europeo ha aprobado (por 445 votos a favor, 196 en contra y 21 abstenciones) una resolución de ley (legislative resolution) por la cual se pide eximir a las microempresas de la obligación de preparar cuentas anuales. Además se pide una revisión general de la 4ª y 7ª directivas en materia mercantil, durante el año 2010. La resolución del Parlamento Europeo debe pasar por el Consejo de la Unión Europea antes de convertirse en ley. En todo caso, la decisión final dependerá de cada uno de los Estados miembros. De acuerdo con los datos facilitados por la nota de prensa emitida por el Parlamento, actualmente 7,2 millones de empresas están sujetas a la emisión de información financiera de acuerdo con las directivas contables. De ellas, unos 5,4 millones (aproximadamente el 75%) son microempresas a nivel local o regional. Se entiende por microempresas, las entidades que cumplan dos de los siguientes criterios: balance (activos totales) inferior a 500.000 euros, ingresos netos inferiores a 1 millón de euros y una media de 10 trabajadores durante el ejercicio.

El texto aprobado por el Parlamento indica que dicha exención no implica que las microempresas no mantengan un registro contable de sus operaciones, al menos con un nivel mínimo de exigencia.

La iniciativa se enmarca dentro de plan para simplificar la carga administrativa de las empresas en la Unión Europea potenciando su competitividad. De forma similar ocurre en Estados Unidos, donde son las empresas cotizadas las que se ven sometidas a requisitos de divulgación de información financiera que en la UE afectan a una gran mayoría de empresas.

Un estudio de impacto de la legislación mercantil llevado a cabo por la Comisión Europea indica que el coste medio por empresa de cumplir con las exigencias de las directivas contables es de 1.558 euros. De este importe, 1.168 euros corresponde a cargas administrativas que no responden a una necesidad real para una buena gestión de la empresa. Si se exime a las microempresas de estas obligaciones el ahorro total sería de 6.300 millones de euros.

También puedes seguir el debate en la página en Facebook de Descuadrando.com.

Más información en: Comisión Europea; Iasplus.