Comercio minorista

De Descuadrando
Según la Ley de Ordenación del comercio minorista de 1996 es “cualquier actividad desarrollada profesionalmente con ánimo de lucro, consistente en ofertar la venta de cualquier clase de artículos a los destinatarios finales, utilizando o no un establecimiento.”
Mercado municipal


Contenido

Funciones Básicas

Las funciones que lleva a cabo un minorista en la ejecución de su trabajo, son entre otras:

  • Surtido de bienes y servicios adaptándose a las necesidades de los clientes.
  • Ofrece los productos en forma y cantidades requeridas por los clientes.
  • Facilita la adquisición en el lugar adecuado.
  • Desarrollar políticas comerciales y prestar diferentes servicios.


Dependiendo de la especialización del minorista en una o varias funciones se podrán distinguir los distintos tipos de minoristas.

Clasificación del comercio minorista según su agregación

1. Comercio independiente

Aquel comercio cuyo propietario (que suele ser individual) realiza sus actividades de forma autónoma. Al hablar de comercio independiente, hay que hablar de comercio tradicional (de mostrador) cuyas principales características son tener menos de 100m2, menos de dos empleados, un punto de venta, un equipamiento básico, formación escasa, régimen de venta tradicional y forma jurídica de persona física.

2. Comercio asociado

Empresas de distribución que manteniendo su independencia jurídica y económica se juntan para realizar de forma conjunta algunas funciones de distribución. El grado de compromiso da lugar a distintos formatos.

Franquicia
Ley de Ordenación del Comercio Minorista la define como "Actividad comercial que se realiza en virtud del contrato por el cual una empresa, el franquiciador, concede a otra, el franquiciado, a cambio de una contraprestación financiera directa o indirecta, el derecho a la explotación de una franquicia para comercializar determinados tipos de productos o servicios y que comprende, por lo menos: el uso de una denominación o rótulo común y una presentación uniforme de los locales o de los medios de transporte objeto del contrato; la comunicación por el franquiciador al franquiciado de un saber hacer y la prestación continua por el franquiciador al franquiciado de asistencia comercial o técnica durante la vigencia del acuerdo."

Cooperativa de detallistas
Asociación de minoristas formada por un conjunto de detallistas, que adoptando la misma forma jurídica de cooperativa, tienen como misión llevar a cabo las compras de forma conjunta y también realizar de forma mancomunada algunos servicios. Un ejemplo de este formato sería Coviran.

Centros comerciales
Según la Asociación Española de Centros Comerciales (AECC) un centro comercial es “Conjunto de establecimientos comerciales independientes, planificados y desarrollados por una o varias entidades, con criterio de unidad, cuyo tamaño, mezcla comercial, servicios comunes y actividades complementarias están relacionadas con su entorno, y que disponen permanentemente de una imagen y gestión unitaria.”

La atracción de un centro comercial viene dada por los principios de aglomeración y complementariedad, ya que los puntos de venta están situados muy próximos entre si y ofrecen productos y servicios variados.

Mercados municipales
Se dedican principalmente a la venta de productos frescos situados en un mismo edificio. Su gestión o funcionamiento es llevada a cabo por los ayuntamientos y concesiones a terceros. Generalmente son puestos de pequeño tamaño que surgen por la necesidad de abastecer a la población. Actualmente se está produciendo un cambio en la modernización y modelación de estos tratando de adaptarse a la evolución de los cambios de compra y consumo.

3. Comercio integrado

Empresas de distribución que mediante el proceso de integracion reúnen las funciones de mayorista y minorista. El grado de compromiso da lugar a distintos formatos

Grandes almacenes
Según la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución (ANGED) se definen como "establecimientos de gran superficie (superior a los 4.000 m2) que ofrece al público fundamentalmente artículos de vestido, hogar y consumo en general, distribuidos en secciones, con amplios surtidos y con un gran número de empleados." Se caracterizan por ofrecer una gran variedad de servicios a los consumidores. Generalmente no ofrecen productos de alimentación, aunque en ocasiones incorporan un supermercado.

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Almacenes populares
Según la ANGED se definen como “establecimientos de gran superficie (inferior a los 4.000m2) que venden artículos de primera necesidad, con surtidos limitados en gama y precios bajos.'Utilizan el libre servicio y la superficie comercial se organiza en secciones”'

Hipermercados
Según la ANGED se definen como “establecimiento comercial detallista situado en zona de influencia urbana que, en régimen de autoservicio, ofrece una amplia gama de artículos de alimentación en un superficie de venta superior a los 2.500 metros cuadrados y que dispone de una zona de aparcamiento además de otros servicios complementarios.”

Supermercados
Establecimientos que ofrecen productos de gran consumo en libre servicio en una superficie comercial entre 400 y 2499m2.

Tiendas descuento
Establecimientos que en libre servicio ofertan un surtido de productos reducido, con un nivel de servicios mínimos. Los costes se reducen mediante personal polivalente, inversiones en establecimiento mínimas, menor surtido, poca publicidad, etc. lo que les permite disminuir los precios. Los productos que se venden son de gran consumo, lo que se traduce en latas rotaciones. Un ejemplo sería el Día o Lidl.

Cooperativas de consumidores
Según la ley de cooperativas son “aquellas que tienen por objeto el suministro de bienes y servicios adquiridos a terceros o producidos por sí mismas, para uso o consumo de los socios y de quienes con ellos conviven, así como la educación, formación y defensa de los derechos de sus socios en particular y de los consumidores y usuarios en general. Pueden ser socios de estas cooperativas, las personas físicas y las entidades u organizaciones que tengan el carácter de destinatarios finales”
Las finalidades de a cooperativa son de aprovisionamiento propio, además de salvaguardar los derechos de sus socios y que contribuyen a los socios a obtener ánimo de lucro.

Bibliografia

Vazquez, R. y Trespalacios, J. (2006): “Estrategias de distribución comercial: Diseño del canal de distribución y relación entre fabricantes y detallistas. Ed. Thomson.

LEY 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista Documento BOE

Enlaces externos

Ley Especial de Asociaciones Cooperativas
Asociación Española de Centros Comerciales
Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución

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