Estatuto de los trabajadores

De Descuadrando

Norma básica que regula las relaciones individuales de trabajo por cuenta ajena en España.

Contenido

Definición

Un estatuto son normas con rango de Ley o reglamentos que se suelen utilizar en situaciones concretas. En el caso del Estatuto de los trabajadores, es una Ley que se encarga y regula en materia de relaciones laborales y sindicales. Cuando se suscita algún tipo de conflicto laboral, ya sea generado por parte del empleador o por parte del empleado, la norma a la cual debemos acudir para saber como proceder y para saber como resolver el problema será a esta.

Estructura

Se compone de tres títulos que se desglosan a su vez en capítulos, secciones y artículos. Actualmente es un texto refundido (copila diversas normas previas) con rango de ley. Se encuentra regulado por el Real Decreto 1/1995 24 Marzo.

Contenido

  • Relación individual del trabajo:

Prestación de un trabajo personal subordinado a una persona mediante el pago de una salario.

  • Derecho de representación colectiva y de reunión política en la empresa.
  • Negociación colectiva y convenio colectivo.

Ámbito de aplicación

Principios generales

EL Estatuto de los trabajadores será de aplicación a los trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario.

La legislación laboral española será de aplicación al trabajo que presten los trabajadores españoles contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero, sin perjuicio de las normas de orden público aplicables en el lugar de trabajo. Dichos trabajadores tendrán, al menos, los derechos económicos que les corresponderían de trabajar en territorio español.

Exclusiones

- La relación de servicio de los funcionarios públicos, así como la del personal al servicio del Estado, Corporaciones locales y la Entidades Públicas Autónomas.

- Las prestaciones personales obligatorias.

- La actividad que se limite al desempeño del cargo de consejero de o miembro de los órganos de administración.

- Los trabajos realizados a título de amistad, benevolencia o buena vecindad.

- Los trabajos familiares, salvo que se demuestre la condición de asalariados de quienes los llevan a cabo.

- La actividad de las personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o mas empresarios, siempre que queden personalmente obligados a responder del buen fin de la operación asumiendo el riesgo y ventura de la misma.

- La actividad de las personas prestadoras del servicio de transporte.

- En general, todo trabajo que se efectúe en desarrollo de relación distinta de la que hemos definido en el primer párrafo del apartado.

Relaciones laborales de carácter especial

- La del personal de alta dirección. - La del servicio del hogar familiar. - La de los penados en las instituciones penitenciarias. - La de los deportistas profesionales. - La de los artistas en espectáculos públicos. - La de las personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios sin asumir el riesgo y ventura de aquellas. - La de los trabajadores minusválidos que presten sus servicios en los centros especiales de empleo. - La de los estibadores portuarios que presten servicios a través de sociedades estatales o de los sujetos que desempeñen las mismas funciones, que estas en los puertos gestionados por las Comunidades Autónomas. - Cualquier otro trabajo que sea expresamente declarado como relación laboral de carácter especial por una Ley.

Modificaciones

En total el Estatuto de los trabajadores ha sufrido 52 reformas desde su aprobación en 1980.

  • Reforma laboral de 1984, inaugura la flexibilidad laboral. Se generalizaba la contratación temporal y se introducían mecanismos de flexibilidad en las condiciones de trabajo. Ley 32/1984 de 2 de Agosto.
  • Reforma de 1988, que pretendía imponer un Plan de Empleo Juvenil que generalizaba los llamados “contratos basura”.
  • Real Decreto del 92: se rebajaba la duración y la cuantía del seguro de desempleo.Ley 22/1992 de 30 de Julio.
  • Reforma laboral del 94: se legalizaron las Empresas de Trabajo Temporal, el despido objetivo y los nuevos contratos basura. Ley 10/1994 de 19 de Mayo.
  • Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. (Actualmente vigente con algunas modificaciones).
  • Pacto de Toledo del 96 que garantizaba la revalorización de las pensiones y establecía la división de fuentes en la financiación de la seguridad social.
  • Acuerdo Interconfederal de 1997 para la Estabilidad en el Empleo (AIEE). Sindicatos-Patronal. Creación del contrato de fomento de la contratación indefinida.
  • Reforma del tiempo parcial de 1998. RDL 15/1998 de 27 de noviembre.
  • Aumento de la cotización de los contratos temporales. 1999
  • Acuerdo de pensiones CC.OO.-patronal-gobierno del PP del 2001.
  • Reforma laboral del 2001: vigencia indefinida del contrato de fomento de la contratación indefinida. Se incluyen nuevos colectivos: jóvenes de 16 a 30 años, mujeres contratadas en sectores donde estén subrepresentadas y parados inscritos más de 6 meses. Se precarizaron más algunos contratos (a tiempo parcial, de formación, inserción...), se extendió el despido objetivo, se aprobaron nuevas rebajas de cotizaciones empresariales y se dificultar el acceso a la prestación por desempleo.
  • Real Decreto Ley 5/2002, de 24 de mayo, de medidas urgentes para la reforma del sistema de protección por desempleo y mejora de la ocupabilidad, recortes en el acceso al subsidio agrario, supresión parcial de los salarios de tramitación.
  • Real Decreto Ley 5/2006, de 9 de junio, para la mejora del crecimiento y del empleo.
  • Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad definitiva de hombres y mujeres.
  • Reforma Laboral 2010. Real Decreto-ley 10/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo.
  • Reforma Negociación Colectiva. Real Decreto-ley 7/2011, de 10 de junio, de medidas urgentes para la reforma de la negociación colectiva.
  • Medidas urgentes para el empleo. Real Decreto-ley 10/2011, de 26 de agosto, de medidas urgentes para la promoción del empleo de los jóvenes, el fomento de la estabilidad en el empleo y el mantenimiento del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo.
  • Reforma Laboral 2012. Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.
  • Reforma Laboral 2012. Corrección errores. Corrección de errores del Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral

Enlaces

http://www.ccoo.cat/pdf_documents/REFORMAS%20%20LABORALES.pdf

http://www.estatutodelostrabajadores.com/

http://www.ugt.es/DatoBasico/estatutodelostrabajadoresactualizado.pdf

Bibliografía

VIDA SORIA, MANUEL. MONEREO PÉREZ, JOSÉ LUIS. MOLINA NAVARRETE, CRISTÓBAL. (2006) Manual de Derecho del Trabajo. Ed. Comares.

Manual de Derecho del Trabajo de la Universidad de Granada

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