Forfaiting

De Descuadrando

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Concepto e historia

Forfaitng de exportación: (del ing. Forfaiting de la voz fr. Forfait). En comercio internacional, alude a una modalidad de financiación de exportaciones, consistente en el descuento sin recurso, por parte de una entidad financiera, de los derechos de cobro de una serie de efectos mercantiles que el exportador recibe para instrumentar el pago diferido de operaciones comerciales de compra-venta. Los instrumentos susceptibles de ser financiados son las letras de cambio, pagarés y cartas de crédito con pago aplazado, en un plazo admitido de entre 6 meses y 5 años, ambos con el aval de bancos de primera línea. Modalidad surgida como consecuencia del aumento de países en vía de desarrollo (PVD) y de otras extensas áreas con graves problemas de balanza de pagos. Originariamente, este instrumento financiero fue utilizado en operaciones a corto plazo, pero a consecuencia del incremento de las refinanciaciones de la deuda de gran número de países, se produjo un retroceso en el mercado internacional, con la consiguiente inseguridad de los cobros y el acortamiento de los plazos. Como se sabe, no en todas las operaciones comerciales internacionales es recomendado utilizar ésta modalidad de descuento. Es utilizado en operaciones superiores a los 500.000 dólares, sobre todo cuando el número de vencimientos es elevado. Este volumen no es delimitado por los beneficios potenciales que suponen, sino también por la dificultad de cubrir el riesgo y los altos costes administrativos. También, en el caso de operaciones que se presten a ser apoyadas por CESCE[1], el forfaiting no suele ser una alternativa conveniente a menos que:

  • El contrato tenga que ser firmado urgentemente.
  • El importador no quiera verse involucrado en trámites administrativos con apoyo oficial (IFA)[2].
  • El contrato ya esté en fase de ejecución.

A pesar de estas y otras limitaciones, existen multitud de situaciones en las que sería conveniente consultar este mercado y comprobar la conveniencia o no de utilizar esta modalidad, así como las condiciones en las que se va a realizar el contrato de crédito y su coste.

Características

  • Abstraíble: sea cual sea la documentación empleada en dicha operación, debe permitir separar los derechos y obligaciones surgidos entre la transacción y la operación comercial que ha originado su emisión. En definitiva, de lo que se trata es de impedir que se utilicen los incumplimientos como excusa para denegar el pago de la deuda.
  • Negociable: se pretende que los créditos surgidos de una determinada operación, puedan ser libremente transferibles.
  • Comercial: el forfaiting de exportación se califica como una operación comercial, debido a que en definitiva se trata de un contrato de compraventa, por lo que se calificará como crédito comercial.
  • Sin recurso: transacción en la que el comprador no podrá devolver al vendedor el crédito en el caso de que el primero no pague, salvo que se demuestre que existe fraude.

Sin duda, éstas características son las más importantes, pero no son las únicas. Existen otras características que se habrán de tener en cuenta:

  • Existencia de un mercado secundario, no organizado y poco profundo que permite la compraventa de efectos forfetizados a los precios fijados en cada momento.
  • El riesgo existente es traspasado del exportador a la entidad financiera, la cual exigirá algún tipo de garantía o aval que deberá ser consistente, con lo que riesgo con el que realmente ésta corre, es el riesgo-país (situación de riesgo comercial y político en el país del importador) , el cual puede asegurarse. Por estos motivos, las garantías podrán plasmarse en letra de cambio o pagaré, o mediante documento aparte. Si se materializa en letra de cambio o pagaré, se utiliza la fórmula “por aval”, de hecho es la forma de afianzamiento más utilizada, aunque presenta el inconveniente de no estar contemplada en algunas legislaciones.
  • La garantía bancaria instrumentada en documento aparte, se emite por separado al pagaré o la letra de cambio. Debe ser transferible, irrevocable e incondicional, para cubrir la eventualidad de la venta. Cada banco puede tener su propio formato y su extensión es indeterminada, ya que cada entidad incluye en el contrato todas las cláusulas necesarias que detallan todos los aspectos legales.
  • La forma de descuento puede ser a tipo fijo a lo largo de toda la operación o a tipo variable con revisiones periódicas, aunque lo más usual es que se haga a un tipo fijo por las ventajas que suponen para la entidad financiera, sobre todo cuando los periodos de amortización son demasiado amplios. Los elementos que componen el coste de dicha operación son:
  • Tasa de descuento: se cotiza como un margen por encima de la tasa Libor, que depende de su duración: 6 meses, 1 año, 18 meses…
  • Días de gracia: número de días que los forfaiters añaden a cada vencimiento en el cálculo del descuento.
  • Comisión de compromiso: precio que se pide por reservar líneas de crédito y de riesgo país suficiente para realizar una transacción. Dicha comisión suele situarse en torno al 50% del margen.

Ventajas para el exportador

Desde el punto de vista de la empresa exportadora, las ventajas que obtiene al realizar la transacción mediante esta modalidad, son las siguientes:

  • Produce la descarga de cualquier responsabilidad.
  • Elimina todos los problemas administrativos y de cobro, desapareciendo la operación de los balances de la empresa exportadora, mejorando consigo los ratios contables de endeudamiento y liquidez.
  • Elimina los riesgos de crédito y los derivados de la fluctuación del los tipos de cambio y de interés.
  • Hace superfluo el seguro de crédito a la exportación, manteniendo las líneas crediticias con los bancos.
  • Mejora de la competitividad de la empresa exportadora en los mercados internacionales al poder ofertar largos plazos de pago.

Enlaces externos

Bibliografía

Polo García, J.Manuel (2002),Comercio Internacional: Teoría y técnicas. 1ª ed. Granada: Universidad de Granada.

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