Ley de Autonomía del Banco de España

De Descuadrando

Ley de autonomía del Banco de España

La importancia de la autonomía de los Bancos Centrales reside en la evidencia existente de que en aquellos países donde el Banco Central goza de autonomía respecto del Gobierno se consigue un control mas efectivo de la inflación. Como paso previo para la constitución de la UME, el Tratado de la unión Europea exigió que en el ámbito de la política monetaria se otorgara al banco de España dicha autonomía.Este paso se hizo efectivo por la ley 13/1994 del 1 de junio, de Autonomía del Banco de España, donde textualmente se hacía explícito lo siguiente.

Primero: El Tesoro Público no puede incurrir en descubiertos en cuenta en el Banco de España, ni siquiera de carácter transitorio, porque al hacerlo privaría a éste de la iniciativa en el proceso de creación monetaria.

Segundo: Como cautela adicional prevista en el Tratado de la Unión Europea, el Banco de España no podrá adquirir directamente del Tesoro valores emitidos por éste, sin perjuicio de que pueda efectuar operaciones en el Mercado de la Deuda Pública.

Tercero: La señalada autonomía exige, asimismo, que, en el ámbito de la política monetaria, el Banco no esté sometido a instrucciones del Gobierno o del Ministerio de Economía y Hacienda, de forma que pueda orientar dicha política al fin primordial de mantener los precios estables.

Cuarto: Requiere, finalmente, que el mandato del Gobernador sea relativamente largo y no renovable, quedando estrictamente tasadas las causas de su posible cese.

Como consecuencia de estas normas y, en general, de lo dispuesto en el Protocolo por el que se aprueba el Estatuto Europeo del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, la configuración del banco de España que lleva a cabo la presente ley se aleja definitivamente de la que consagrara en 1962 el Decreto, Ley de nacionalización del Banco, que, configurándolo en todos los ordenes como apéndice directo del Gobierno, mantuvo su tradicional función de financiación al estado. En suma, la Ley configura al Banco de España como en ente de la Administración del Estado de naturaleza especial que, subordinando al gobierno en términos generales, gozará empero de plena autonomía en el ámbito de la política monetaria, precisamente con la finalidad de preservar mejor el objetivo de la estabilidad de precios consagrado en la propia Ley.

Bibliografía

  • Lecciones de Macroeconomía. (Francisco González Gómez, Jorge Guardiola Wanden-Berghe, Miguel Ángel García Rubio). Editorial Copicentro
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