NIC 2

De Descuadrando

Contenido

NIC 2 Existencias

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Resumen

Objetivo

Como señala el párrafo 1 de la norma, su objetivo es "prescribir el tratamiento contable de las existencias". La norma expone en dicho párrafo las principales cuestiones contables en materia de existencias: "Un tema fundamental en la contabilidad de las existencias es la cantidad de coste que debe reconocerse como activo, y ser diferido hasta que los correspondientes ingresos ordinarios sean reconocidos. Esta Norma suministra una guía práctica para la determinación de ese coste, así como para el posterior reconocimiento como un gasto del ejercicio, incluyendo también cualquier deterioro que rebaje el importe en libros al valor realizable neto. También suministra directrices sobre las fórmulas de coste que se utilizan para atribuir costes a las existencias."

Definiciones

El párrafo 6 recoge las siguientes definiciones:

  • Existencias: son activos:
    • (a) poseídos para ser vendidos en el curso normal de la explotación;
    • (b) en proceso de producción de cara a esa venta; o
    • (c) en forma de materiales o suministros, para ser consumidos en el proceso de producción o en el suministro de servicios.
  • Valor realizable neto: el precio estimado de venta de un activo en el curso normal de la explotación, menos los costes estimados para terminar su producción y los necesarios para llevar a cabo la venta.
  • Valor razonable: el importe por el cual puede ser intercambiado un activo o cancelado un pasivo, entre partes interesadas y debidamente informadas, que realizan una transacción en condiciones de independencia mutua.


Aspectos principales

  • Alcance de la norma. Es de aplicación a todas las existencias, excepto a:
    • (a) la obra en curso, proveniente de contratos de construcción, incluyendo los contratos de servicio directamente relacionados (NIC 11 Contratos de construcción);
    • (b) los instrumentos financieros (NIC 32 Instrumentos financieros: Presentación y la NIC 39 Instrumentos financieros: reconocimiento y valoración); y
    • (c) los activos biológicos relacionados con la actividad agrícola y productos agrícolas en el punto de cosecha o recolección (NIC 41 Agricultura).
  • Valoración. Las existencias deben ser valoradas al coste o al valor neto realizable, según cuál sea menor. Por valor neto realizable se entiende el precio estimado de venta de un activo en el curso normal de la explotación, menos los costes estimados para terminar su producción y los necesarios para llevar a cabo su venta.
  • Costes. Los costes comprenderán el precio de adquisición, el coste de transformación (materiales, mano de obra y gastos generales) y otros costes en los que se haya incurrido para dar a las existencias su condición y ubicación actuales, pero no las diferencias de cambio.
  • Elementos no intercambiables. Para los elementos de existencias que no son intercambiables, se atribuyen costes específicos a los elementos individuales específicos de las existencias.
  • Elementos intercambiables. El coste se determina usando las fórmulas de primera entrada primera salida (FIFO) o coste promedio ponderado. La fórmula LIFO no está permitida.
  • Venta de existencias. Cuando se venden las existencias, el importe en libros debe reconocerse como gasto en el periodo en que se registra el ingreso correspondiente.
  • Deterioros y reversiones de valor. Los deterioros de valor se reconocen como gasto en el periodo. Las reversiones derivadas de un incremento en el valor neto realizable se reconocen como una reducción del gasto de existencias en el periodo en que se producen.

Interpretaciones relacionadas

Ninguna.

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