NIC 20

De Descuadrando

Contenido

NIC 20 Contabilización de las subvenciones oficiales e información a revelar sobre ayudas públicas

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Resumen

Objetivo

Esta norma se aplica a la contabilización e información a revelar acerca de las subvenciones oficiales, así como de la información a revelar sobre otras formas de ayudas públicas.

Definiciones

El párrafo 3 recoge las siguientes definiciones:

  • Administraciones Públicas: se hará referencia tanto a la administración del gobierno en sí, como a las agencias gubernamentales y organismos similares, ya sean locales, regionales, nacionales o internacionales.
  • Ayudas públicas: son acciones realizadas por el sector público con el objeto de suministrar beneficios económicos específicos a una entidad o tipo de entidades, seleccionadas bajo ciertos criterios. No son ayudas públicas, para el propósito de esta Norma, los beneficios que se producen indirectamente sobre las empresas por actuaciones sobre las condiciones generales del comercio o la industria, tales como el suministro de infraestructura en áreas en desarrollo o la imposición de restricciones comerciales a los competidores.
  • Subvenciones oficiales: son ayudas procedentes del sector público en forma de transferencias de recursos a una entidad en contrapartida del cumplimiento, futuro o pasado, de ciertas condiciones relativas a sus actividades de explotación. Se excluyen aquellas formas de ayudas públicas a las que no cabe razonablemente asignar un valor, así como las transacciones con las Administraciones Públicas que no puedan distinguirse de las demás operaciones normales de la entidad.
  • Subvenciones relacionadas con activos (o de capital): son subvenciones oficiales cuya concesión implica que la entidad beneficiaria debe comprar, construir o adquirir de cualquier otra forma activos fijos. Pueden también establecerse condiciones adicionales restringiendo el tipo o emplazamiento de los activos, o bien los ejercicios durante los cuales han de ser adquiridos o mantenidos.
  • Subvenciones relacionadas con los ingresos (o de explotación): son las subvenciones oficiales distintas de aquéllas que se relacionan con activos.
  • Préstamos condonables: son aquéllos en los que el prestamista se compromete a renunciar al reembolso, bajo ciertas condiciones establecidas.
  • Valor razonable: es el importe por el cual puede ser intercambiado un activo entre un comprador y un vendedor interesados y debidamente informados, en una transacción libre.

Aspectos principales

  • Reconocimiento. Las subvenciones oficiales sólo se reconocerán cuando exista la garantía razonable de que la entidad cumplirá las condiciones asociadas a las subvenciones, y que éstas serán recibidas. Las subvenciones no monetarias se reconocen normalmente al valor razonable, aunque está permitido el reconocimiento al valor nominal.
  • Método de la renta. Las subvenciones no deben abonarse directamente al patrimonio (método del capital), sino que deben reconocerse de forma sistemática en resultados a lo largo de los periodos necesarios para compensarlas con los costes correspondientes (método de la renta). En el caso de que los costes relacionados sean pasados, la subvención se reconocerá como un ingreso en el ejercicio en que se reconoce.
  • Presentación de subvenciones relacionadas con ingresos. Las subvenciones relacionadas con ingresos pueden presentarse como abono en la cuenta de resultados o como deducción en la presentación del gasto correspondiente.
  • Presentación de subvenciones relacionadas con activos. Las subvenciones relacionadas con activos pueden presentarse o bien como ingresos diferidos en el balance, o deducirse en el cálculo del importe en libros del activo.
  • Posible reintegro. El reembolso de una subvención oficial debe tratarse contablemente como revisión de una estimación contable, con un tratamiento distinto para las subvenciones relacionadas con ingresos y con activos.

Interpretaciones relacionadas

SIC 10 Ayudas públicas — Sin relación específica con actividades de explotación

Las ayudas públicas a entidades dirigidas al apoyo o al sostenimiento a largo plazo de las actividades de una cierta empresa en determinadas regiones o sectores industriales deben contabilizarse como una subvención oficial de conformidad con la NIC 20.

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