Persona jurídica

De Descuadrando

El concepto de persona jurídica ha sido estudiado y tratado a lo largo del tiempo desde diversos puntos de vista. Su historia se remonta al tiempo del derecho romano donde ciertos cargos jurídicos de aquella época histórica crean una institución jurídica que seguirá perfeccionándose a lo largo del tiempo hasta llegar al concepto actual.

Contenido

Definición

La persona jurídica puede definirse como una entidad de derecho formada por personas o personas y bienes permanentes que tratan la consecución de un fin para su protección. Dicha entidad adquiere carácter independiente y separado de sus miembros teniendo condición de sujetos de derecho y en base a ello derechos y obligaciones, así como sus respectivas responsabilidades. En el Código Civil queda definida en su artículo 35 como aquellas corporaciones, asociaciones y fundaciones de interés público reconocidas por la Ley. También, las asociaciones de interés particular, sean civiles, mercantiles o industriales, a las que la ley conceda personalidad propia, independiente de la de cada uno de los asociados. .

Diferencias entre persona jurídica y persona natural

La persona natural se puede definir como aquel sujeto individual con capacidad de obrar. La diferencia principal radica en esta capacidad. Es decir, la persona jurídica tiene capacidad jurídica en sí misma, con capacidad para realizar determinados actos, ser titular de derechos y obligaciones y la tiene cualquier persona, natural o jurídica, desde su nacimiento o desde que queda constituida. Sin embargo, la capacidad de obrar se adquiere con la mayoría de edad en estas personas físicas mientras que en la persona jurídica, al igual que la capacidad jurídica, la adquiere desde el momento en el que queda constituida. Además del propio ordenamiento jurídico determinamos que la persona jurídica tiene capacidad de derecho pero carece de capacidad de hecho, ya que todas las actuaciones que desarrolla o lleva a cabo las realiza por medio de sus representantes legales.

Responsabilidad y capacidad en el derecho

Como hemos enunciado anteriormente suu nacimiento data de la época romana y es a partir de ese momento es cuando esta institución adquiere una gran importancia en múltiples ámbitos, sobre todo destacada en Derecho. Con el desarrollo de las diferentes ramas jurídicas se ha manifestado la necesidad de adaptar este concepto a los diferentes ámbitos de vida que éstas regulaban. Nos centraremos en algunas de ellas:

  • En derecho penal: actualmente es donde puede afirmarse que existe más polémica doctrinal. El punto de partida es la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Hasta hace poco tiempo la doctrina mayoritaria era unánime en cuento a la no responsabilidad de tales sujetos pese a tener personalidad como tal dentro del ordenamiento jurídico. Han sido diversos autores los que en los últimos tiempos han defendido dicha responsabilidad. Podemos citar a Alfonso Zambrano (Profesor Titular de Derecho Penal en Castilla la Mancha): 'la responsabilidad de las personas jurídicas tiene como finalidad incrementar la eficacia del derecho penal y la responsabilidad individual. No viene a sustituir a la responsabilidad individual sino a hacerla más efectiva'.
  • En derecho administrativo: el reconocimiento de la responsabilidad de la persona jurídica ha sido menos discutido en ese sentido debido a que por Sentencia del Tribunal Supremo dichas personas jurídicas son capaces de realizar infracciones administrativas puesto que pueden violar de forma culpable las normas que disciplinan su comportamiento.

Perspectiva empresarial

Comúnmente se vincula la persona jurídica con el ente empresarial aunque como su propia definición indica no tiene porque ser necesariamente así. Una persona jurídica puede llegar a ser algo más que una empresa. El funcionamiento y regulación de una persona jurídica se lleva a cabo a través de sus Estatutos de una empresa. Dicha regulación tendrá efectos frente a terceros junto con los derechos y obligaciones de los miembros que la componen. En ellos se determina el nombre, el domicilio, el fin de la institución, los órganos de gobierno, los derechos y deberes de sus miembros, la constitución e inversión de su patrimonio, las causas de extinción y el destino de sus bienes. Los Estatutos toman la función de ley de obligado cumplimiento para los miembros dado que fijan las normas, su posición jurídica. Jurisprudencialmente se ha considerado que "el estatuto constituye la regla básica sobre la que se estructura la vida y organización de un club; por consiguiente, sólo se puede recurrir a la vía judicial una vez agotado el procedimiento establecido en los estatutos y cuando los órganos sociales hayan incurrido en arbitrariedad".

Clases de persona jurídica

Podemos establecer diferentes categorías En base a su estrutura

  • Asociaciones (unión de personas con fundamento asociativo).
  • Fundaciones (cumplimiento de un fin).

En base a si es pública o estatal

  • Persona jurídica pública (Universidad).
  • Persona jurídica privada (Sociedad Anónima).

En base a los fines

  • Personas jurídicas con fines públicos o con fines privados.

Extinción

Para establecer dicha extinción acudimos nuevamente al Código Civil español el cual en su artículo 39 establece diferentes causas:

  1. La espiración del plazo por el que fueran constituidas.
  2. La realización del fin para el cual se constituyeron.
  3. Cuando resulte imposible aplicar al fin, la actividad y los medios de que se dispongan.
  4. Existe una cuarta que es el acuerdo de disolución de los miembros.

Bibliografía

  • APUNTES ORGANIZACIÓN DE EMPRESAS I (2009-2010)
  • MORILLAS CUEVAS,L.: Derecho Penal. Parte General. Dykinson, 2010.
  • ZUGALDÍA ESPINAR, JM; MORENO-TORRES HERRERA, E; PEREZ ALONSO, ESTEBAN.: Fundamentos de Derecho Penal Parte General. Tirant to Blanch, 2010.

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