Sociedad anónima deportiva

De Descuadrando

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Definición

Es un tipo de Sociedad Anónima peculiar, cuyas siglas son S.A.D, que surgió a través de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte y que fue desarrollado mediante el Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio, sobre sociedades anónimas deportivas

La ley que promulgó la S.A.D fue realizada para la transparencia jurídico-económica de las entidades deportivas. A pesar de su definición como sociedad anónima ninguna ha salido a bolsa. Esto se puede entender bajo el prisma que las dos grandes empresas deportivas españolas, Real Madrid C.F y F.C Barcelona, no son sociedades anónimas deportivas y han logrado mantener a través de los años la organización de club de fútbol, algo que no ha sido la tónica en los demás clubes deportivos. La S.A.D se creó para subsanar las diferentes carencias que tenían las sociedades deportivas mercantiles con un sentido de obligatoriedad para todas aquellas sociedades que participen en competiciones que la Ley 10/1990 considera como profesionales, en síntesis sería la 1º y 2º división de fútbol y la liga ACB de baloncesto.

Contabilidad de las Sociedades anónimas deportivas

El fundamento legal bajo el que se ordena la contabilidad de este tipo de sociedades es el Real Decreto Legislativo 1564/1989. En cuanto a su adaptación, se encuentra enmarcado en la ORDEN del Ministerio de Economía y Hacienda, de 23 de junio de 1995. Las normas de adaptación elaboradas se estructuran al igual que el Plan General de Contabilidad en cinco partes, que van precedidas por una introducción en la que se explican las principales características de la actividad de las entidades a que van dirigidas, así como las modificaciones introducidas en esta adaptación y su justificación.

La primera parte, la de principios contables, no tiene ninguna modificación.

La segunda parte, cuadro de cuentas, constituye una guía por la orientarse aunque no se exige la numeración. Además, se han adjuntado algunas partidas especiales para las sociedades deportivas y clubes que la utilizan.

La tercera parte, definiciones y relaciones contables, no es obligatoria aunque hay que respetar los criterios de valoración o las posibles interpretaciones. Adicionalmente se incorporan nuevas definiciones propias del argot deportivo.

La cuarta parte, las cuentas anuales, contienen modificaciones introducidas en el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas por la disposición adicional segunda de la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada. En esta parte también encontramos las normas de elaboración de cuentas anuales y requisitos para formular el modelo normal o abreviado.

En la última parte, las normas de valoración, se han modificado bastantes partes con el objeto de que se clarificara los criterios obligatorios de valoración y contabilización de las operaciones y hechos económicos.

Futuro de la sociedad anónima deportiva

Es una materia que están tratando de resolver el Gobierno con las diferentes sociedades ya que en cuanto a resultados ha sido un fracaso al existir en la actualidad en el haber de estas sociedades más de 5000 millones de Euros de deuda.

Referencias

«REal Decreto Legislativo 1/2010 de 2 Julio, se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.» (en español) (Julio 2010).

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