Documento de información abreviada

De Descuadrando

El "Documento de Información Abreviada"(DIA), es aquel documento utilizado en Andalucía que intermediarios, arrendatarios y promotores de viviendas tienen el deber de ponerlo a disposición del público, recogiendo en él de forma íntegra la oferta económica del inmueble y todos los datos del mismo. Todo esto está recogido en el Reglamento de información al consumidor (DECRETO 218/2005) aprobado por la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía sobre información al consumidor en la compraventa y alquiler de viviendas. EL DIA debe tener presente e incluido una serie de información que son las siguientes: • El intermediario proyectista o empresa constructora.

• La fase de ejecución de la obra.

• El plano de la vivienda y su situación.

• Su superficie útil, la calidad de los materiales.

• La descripción de sus servicios, así como el precio de venta junto con los gastos y la forma de pago.

Contenido

Antecedentes

El Real Decreto 515/1989, de 21 de abril, del reglamento de protección de los consumidores en cuanto a la información a suministrar en la compraventa y arrendamiento de viviendas era el que hasta ahora constituía la normativa reguladora en este tema. Desde entonces se han observado deficiencias e insuficiencias que ha llevado a Andalucía a la aprobación del siguiente Decreto.


DECRETO

El DECRETO 218/2005, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de información al consumidor en la compraventa y arrendamiento de viviendas en Andalucía.

La Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía, recoge en su artículo 4 como derechos de los consumidores:

• “La protección, reconocimiento y realización de sus legítimos intereses económicos y sociales”.

• “La información veraz, suficiente, comprensible, inequívoca y racional sobre las operaciones y sobre los bienes y servicios susceptibles de uso y consumo, de acuerdo con la normativa vigente”.

Esta norma persigue llegar a obtener una mayor transparencia en el mercado inmobiliario en Andalucía que facilitará la tomar decisiones óptimas protegiendo los intereses económicos de los consumidores mediante un mayor conocimiento e información. Esto es debido a que la el arrendamiento y o una compra de una casa son actividades económicas habituales que suponen un gran devenir en la economía de este tipo de consumidores.

Podemos encontramos distintos tipos de DIA según las características de la operación, en los que la presente regulación establece que las Administraciones Públicas de Andalucía adopten medidas eficaces para facilitar a los consumidores toda clase de información que afecten en particular a la construcción de viviendas pero también a las circunstancias de publicidad, oferta o promoción al público en general.

Tipos

• Documento Informativo Abreviado en la venta de viviendas en proyecto o en construcción.

• Documento Informativo Abreviado en la venta de viviendas construidas.

• Documento Informativo Abreviado para el caso de arrendamientos. En este asimismo están incluidos otros tipos de documentos que son necesarios para el consumidor como:

 La ficha informativa que sustituye al DIA en el caso de que las viviendas sean de segunda o ulteriores transmisiones.

 La nota explicativa sobre el precio y las formas de pago que será entregada solo en el caso de que se solicite.


Por otro lado deben de disponer de un DIA las personas que oferten la venta o arrendamiento de viviendas con la obligación de ser entregada a cualquier persona que pida información de las viviendas. En el caso de que sea un particular el arrendatario no es necesario. Pero si cuando se trata de una alguna empresa o profesional.

Este documento debe ser entregado siempre que se solicite información sobre una vivienda, es decir y como punto importante, debe ser suministrado sin que lo solicite el consumidor, es de naturaleza obligatoria.

Como novedad también se presenta que debe facilitarse en segundas transmisiones de la vivienda, una ficha informativa con unas características determinadas, ya que la importancia del mercado inmobiliario de segunda mano, que en ocasiones es incluso superior al de las nuevas viviendas.

Infracciones e incumplimientos

Otro aspecto a señalar es que este presente Reglamento regula la vigilancia de sus previsiones y establece un régimen sancionador para las posibles infracciones que puedan cometerse.

Cuando se produzca el caso en el que un consumidor quiera denunciar el incumplimiento de la obligación de entregar el DIA:

• En primer lugar, utilizando el Libro de Quejas y Reclamaciones, para formular la oportuna reclamación o denuncia.

• En caso de negativa, podrá actuar de forma similar a cuando denuncia la falta de entrega del Libro de Quejas y Reclamaciones, solicitando la presencia de la policía local o los inspectores de consumo para que suscriban la correspondiente acta que constate la producción de los hechos.

Bibliografía

  • Página web BOJA (2012). (Consultado: disposiciones generales de defensa y protección de consumidores y usuarios andaluces).

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