Factoring de exportación

De Descuadrando

El Factoring de Exportación se define como una modalidad financiera en la que una empresa cliente (CEDENTE) cede a una compañía de factoring (FACTOR) los derechos de cobro de toda o parte de su facturación a corto plazo. De esta manera, la compañía de factoring se convierte en el titular de la deuda frente al comprador extranjero (DEUDORES) y se encarga de gestionar el cobro, permitiendo así alcanzar un equilibrio financiero a la empresa cliente. Además, la empresa cedente puede asegurar el riesgo de insolvencia de sus deudores. Tres son las cláusulas que lo definen:

  • Globalidad: el cedente se compromete a la cesión de todos los créditos de los deudores especificados en el contrato.
  • Exclusividad: el cedente se compromete a no mantener relación con otras compañías de factoring sin previa autorización del Factor.
  • Notificación: el cedente debe notificar por escrito al deudor de la existencia del contrato de factoring.

Contenido

Prestaciones de las compañías de factoring internacional

Las compañías de factoring prestan diferentes servicios a sus clientes, entre los que destacan los siguientes:

  • Gestión de cobro de facturas por cuenta del exportador: es el principal servicio prestado por las compañías de factoring. Se informa periódicamente al exportador del estado de las cuentas. Se trata de una gestión de cobro que admite una diferenciación importante:
  • Que se realice en comisión de cobranza
  • Que la compañía de factoring lo realice en su propio nombre al haberle cedido el crédito al cliente. En esta circunstancia el Factor asume el riesgo de insolvencia del crédito, en cuyo caso el exportador se asegura los cobros al 100%.
  • Servicios financieros: se prestan mediante el pago parcial anticipado de las facturas cedidas por el exportador, que de esta forma puede disponer con antelación de su importe. Los anticipos pueden concederse con un límite máximo que suele fijarse en torno al 80 y 90% del importe total. Este anticipo de fondos constituye estrictamente la modalidad de “factoring financiado”.
  • Estudio de los clientes del exportador: se lleva a cabo un análisis de la solvencia de cada uno de los clientes del exportador y en función de la misma se fija una línea específica de financiación.
  • Servicios administrativos y estadísticos: se trata de un servicio basado en la administración de la cartera de deudores del exportador, llevando un control contable y estadístico completo de la misma.

Elementos que intervienen en las operaciones

En un contrato de factoring internacional suelen intervenir, principalmente, cuatro partes:

  • El cliente, que es la empresa nacional exportadora que contrata los servicios de factoring.
  • La compañía de factoring nacional, que se denomina Factor de exportación o cesionario y es la entidad del país exportador que compra los créditos comerciales originados en las ventas internacionales de su cliente (exportador) y, simultáneamente, presta servicios adicionales relacionados con estos créditos.
  • La compañía de factoring internacional, que se denomina Factor de exportación o corresponsal y es la entidad del país importador que actúa como corresponsal del factor de exportación para realizar las funciones necesarias en el país importador. Se relaciona con el Factor exportador o cesionario mediante un acuerdo de mutua colaboración.
  • El deudor o importador de la mercancía, que es el comprador extranjero del exportador y, por tanto, está obligado al pago de los créditos comerciales objeto de la cesión.

Obligaciones contractuales

Obligaciones contractuales del cliente

  • Informar al Factor sobre las circunstancias de cada comprador en cada momento.
  • Notificar a sus clientes la realización de un contrato con la sociedad de factoring, a partir de cuyo momento se transmitirán a esta todos los créditos de sus ventas.
  • Debe ceder a la sociedad de factoring con carácter exclusivo sus créditos.
  • Pagar la comisión o remuneración pactada, la cual consiste normalmente en un porcentaje sobre el valor de las facturas.
  • El exportador debe ceder a la compañía de factoring toda la facturación. Debido a esto suele existir una cláusula de globalidad para evitar que el exportador ceda sólo los créditos dudosos.

Obligaciones contractuales de la sociedad de factoring

  • Debe cobrar todos los créditos, pudiendo conceder prórrogas.
  • Pagar todas las facturas que haya aprobado. De esta forma, se obliga a la sociedad de factoring a adquirir todos los créditos contra los compradores hasta alcanzar la cifra máxima establecida.
  • Financiar el importe de las facturas siempre que el cliente lo solicite.
  • Cubrir el riesgo de insolvencia en caso de que se haya pactado hasta el límite establecido para cada comprador.
  • Llevar la contabilidad de las ventas del cliente y la cuenta corriente de los créditos surgidos en la relación entre el Factor y el cliente.

Ventajas del factoring para el exportador

  • Eliminación del riesgo de insolvencia de los compradores extranjeros.
  • Posibilidad de incrementar las exportaciones al ofrecer una forma de pago que puede ser más competitiva.
  • Financiación inmediata mediante el pago parcial anticipado del volumen de facturación cedido y pendiente de cobro.
  • Ahorro de los costes fijos del exportador asociados al seguimiento y control del crédito concedido a la clientela en el exterior.
  • Disminuye el inmovilizado en cuentas de clientes, por el cobro anticipado de las operaciones aplazadas que, al ser cedidas, desaparecen como cuenta de acreedor en el balance del exportador.
  • Disminuye la carga administrativa y gerencial.

Inconvenientes del factoring para el exportador

  • Mayor coste que el descuento bancario.
  • El Factor sólo soporta el riesgo de insolvencia del comprador extranjero, pero la falta de pago por cualquier otro motivo es soportada por el exportador.
  • El Factor puede no aceptar algunos de los documentos de su cliente.
  • Quedan excluidas las operaciones relativas a productos perecederos y las de largo plazo, ya que el plazo máximo aceptado es de 180 días.
  • El cliente queda sujeto al criterio de la sociedad factor para evaluar el riesgo de los distintos compradores.

Referencias

  • Serantes Sánchez, Pedro (1998). El factoring de exportación. Madrid: Instituto Español de Exportación.
  • Polo García, José Manuel (2007). Comercio internacional: teoría y técnicas. Granada.

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