ISO 690
Es una norma ISO(ISO: Organización Internacional de Normalización, es una federación mundial de organismos nacionales de normalización (comités miembros de la ISO). La elaboración de las Normas Internacionales es normalmente confiada a los comités técnicos de la ISO. Cada miembro del comité interesado por un estudio tiene el derecho de formar parte del comité técnico creado para este efecto. Las organizaciones internacionales, gubernamentales y no gubernamentales, en coordinación con la ISO participan también en los trabajos, los proyectos de Normas Internacionales adoptadas por los comités técnicos son sometidos a los comités miembros para su aprobación, antes de su aceptación como Normas internacionales por el Consejo de la ISO. Las Normas Internacional se aprueban de acuerdo con los procedimientos de la ISO y se requiere de la aprobación del 75% por lo menos, de los comités miembros que votan.), que especifica los elementos que deben ser incluidos en las referencias bibliográficas de materiales publicados como: monografías y publicaciones seriadas, capítulos, artículos, etc. y documentos de patentes. La última versión es del año 2010, y reemplaza a las dos normas anteriores.
Da un orden preescrito a los elementos de la referencia y establece convenciones para la transcripción y presentación de información derivada de la publicación fuente.
ISO 690 cubre referencias a materiales publicados en forma impresa o no impresa. Sin embargo, no se aplica a referencias de manuscritos u otros materiales no publicados.
Hasta el 2010, esta norma estaba estructurada en 2 documentos ICO:
- ISO 690:1987 (Documentación -Referencias bibliográficas- Contenido, forma y estructura). La Asociación Española de Normalización y Certificación ha traducido y adaptado al español este documento como UNE 50-104-94.
- ISO 690-2:1997 (Información y documentación -Referencias bibliográficas- 2ª parte: Documentos electrónicos o fragmentos).
La Norma Internacional ISO 690 ha sido elaborada por el comité técnico de Documentación ISO/TC46.
Como ya hemos mencionado anteriormente, la presente Norma Internacional especifica los elementos qaeu se deben mencionar en las referencias bibliográficas que se apliquen a los documentos publicados, monografías y publicaciones seriadas, a los capítulos y artículos que estos contengan, como también patentes. Ella determina un orden obligatorio para los elementos de la referencia y establece las reblas para la trascripción y la presentación de la información de la fuentes de la publicación.
La ISO 690 está destinada a los autores y a los editores para la confección de listas de referencias bibliográficas para ser incluidas en una bibliografía y para la formulación de citas de los textos, correspondientes a las entradas de la bibliografía. Ella no se aplica a las descripciones bibliográficas exigidas por los bibliotecarios, las bibliografías, los índices.
En la tabla de contenidos, con respecto a que se tiene que tener en cuenta a la hora de la elaboración de referencias bibliográficas, se desarrollan los siguientes aspectos:
- Objetivo y campo de aplicación.
- Referencias
- Definiciones
- Esquemas de referencias bibliográficas
- Fuentes de información.
- Reglas generales.
- Especificación de los elementos.
- Presentación de las listas de referencias bibliográficas.
- Citas.