Nivelación de Impuestos

De Descuadrando

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Nivelación de Impuestos (Tax equalization)

La gestión de expatriados es uno de los mayores retos que afrontan las empresas inmersas en el proceso de internacionalización y a lo largo del tiempo se ha ido transformando en una práctica bastante común entre las multinacionales, aunque todavía están presentes varias imperfecciones.

En otros términos podríamos definir a un expatriado como un profesional con disponibilidad permanente para aceptar asignaciones internacionales, con experiencia internacional y conocimientos de idiomas. El trabajador que decide ser un expatriado debe estar listo para aceptar un compromiso de movilidad internacional a lo largo de unos años.

Antes de irse necesitará conseguir todos los visados y permisos necesarios para entrar a trabajar en el país extranjero. Este es más fácil e inmediato en el área europea pero sin embargo se presenta más largo y dificultoso en otros países. Sobre todo en aquellos en que no han sido refrendadas convenios bilaterales, respecto no sólo a la movilidad sino también a la cobertura previdencial o asistencial. Con la presencia de convenios totales o parciales la situación se presenta más fácil con respecto de aquellos en los que no los hay. Luego el empresario y el trabajador se pueden encontrar por ejemplo a pagar contribuciones de previdencia o asistencia en ambos países.

Uno de los problemas principales cuando hablamos de expatriados es la diferente tasación existente en los diferentes países. Estamos hablando del caso en que el sujeto es un contribuyente en un país pero trabaja en otro; en este caso puede estar sometido a una tasación diferente de quien trabaja y es contribuyente en su país de origen tanto que en algunos casos el trabajador tiene que pagar una doble tasación.

Para eliminar, o cuanto menos atenuar, las potenciales diferencias en las cargas tributarias y permitir una valoración cierta del impacto que la separación extranjera tiene sobre la renta total del dependiente, la Sociedad empresaria puede decidir adoptar una política definido Fondo de Nivelación de Impuestos, en ingles "Tax Equalization."

El "Fondo de Nivelación de Impuestos” es una retención por impuestos del empresario igual a aquél que tendría si hubiera quedado en el país de origen. La eventual diferencia estará cubierta por el empresario mismo. En práctica el trabajador no pierde ni gana dinero. En otras palabras el principio inspirador de la política de "Tax Equalization" se basa en el concepto que el trabajador no tiene que ser sometido, en el País destino, a un gravamen fiscal diferente de aquel previsto en el País de origen y que, por tanto, no tendrá que soportar ninguna perdida o llevar ningún beneficio económico a causa de su asignación al extranjero. Con el "Tax Equalization" el dependiente tiene por lo tanto que soportar un gravamen fiscal igual a lo que habría sustentado si hubiera seguido trabajando en su país. El dependiente padece en todo caso un gravamen económico dado por los impuestos hipotéticamente debidos en el País de origen. Este simple concepto encuentra aplicación práctica a través de la realización de una retención ficticia ("Hypothetical Withholding Tax") obrada por el empresario.

Como se calcula la Nivelación de impuestos

Un ejemplo de como puede ser utilizada la Nivelación de Impuestos.

  • El empleado se fue de España de una asignación internacional a Japón desde el 1 de enero de 2008.
  • En el comienzo de la asignación, la responsabilidad de impuesto estimada era 24,000 euros. La nómina es mensual tan 2,000 euros (24,000 euros / 12 meses) de cada pago mensual.
  • Ahora es el abril de 2009 y las 2008 declaraciones fiscales del empleado son completadas. La empresa paga los impuestos calcularon la declaración fiscal de japonés de 2008 del empleado. Hay un reembolso de 1,000 euros debido al empleado sobre la declaración fiscal 2008 española. El final 2008 la responsabilidad fiscal es determinada para ser 21,000 euros.
  • La empresa debe al empleado 2,000 euros (el final de 21,000 euros la responsabilidad fiscal + el reembolso de 1,000 euros = 24,000 euros).

Así que se al final 2008 la responsabilidad fiscal es determinada para ser 27,000 euros, el empleado tiene que pagar a la empresa 2,000 euros.

Convenios bilaterales

Para facilitar la comunicación entre los país existen las convenios bilaterales:

Son acuerdos jurídicos de Derecho Internacional en los que dos Estados se comprometen a aplicar, en los correspondientes territorios, un régimen de Seguridad Social con respecto a los ciudadanos migratorios del otro Estado para garantizar la libre circulación de mano de obra. En particular han sido estipuladas para asegurar, a la persona que va a un Estado extranjero para desarrollar una actividad laboral, los mismos beneficios previstos por la legislación del país extranjero respecto a los mismos ciudadanos. Los acuerdos bilaterales a diferencia de los Reglamentos Comunitarios, para ser operantes en el orden interior del Estado tienen que ser ratificados por una ley ordinaria. Sólo tienen validez por los Estados firmantes y operan de modo autónomo con respecto a otros convenios.

Las Convenios bilaterales se basan en tres principios esenciales:

  1. La igualdad de trato, en base a la cual cada Estado tiene que asegurar a los ciudadanos de los demás Estados miembros, el mismo trato y los mismos beneficios reservados a los ciudadanos locales;
  1. El mantenimiento de los derechos y de las ventajas adquiridas y la posibilidad, por lo tanto, de conseguir el pago de las prestaciones en el País de residencia aunque a cargo de otro Estado;
  1. La suma de los períodos de seguro y contribución, gracias a los cuales los períodos de trabajo desarrollados en los varios Estados se acumulan, aun así en el respeto y en los límites de las legislaciones individuales nacionales, para permitir el perfeccionamiento de los requisitos requeridos por el derecho a las prestaciones.

Bibliografía

  • GUZZO, R.A., NOONAN, K.A. & ELRON, E. (1993): Employer influence on the expatriate experience: Limits and implications for retention in overseas assignments.
  • DAVENPORT, T.H. y PRUSAK, L. (1998): Working knowledge: How organization manage what they know, Cambridge, MA. Harvard University
  • LITTLE, S.; QUINTAS, P. y RAY, T. (2002): Managing knowledge: An essential reader. Londres, Reino Unido.
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