Provisiones y contigencias (PGC 2007)

De Descuadrando

El PGC de 2007 desarrolla en la norma de registro y valoración número 15 las provisiones y contingencias.

Contenido

Delimitación entre provisión y contingencia

Las provisiones son pasivos que, cumpliendo la definición y los criterios de registro o reconocimiento contable contenidos en el marco conceptual de la contabilidad, resulten indeterminados respecto a su importe exacto y/o a la fecha en que se cancelarán. Esta definición de provisión supone un cambio respecto al PGC de 1990 puesto que desaparece la provisión para grandes reparaciones, por no cumplir con la definición de pasivo del marco conceptual, dado que no se basa en hechos u operaciones pasados.

Por su parte, las contingencias son situaciones en las que en el momento de cierre de los estados contables no hay obligación o derecho cierto, pero que mediante la ocurrencia de ciertos hechos futuros es posible que surja la aparición de obligaciones o derechos para una entidad como consecuencia de un hecho pasado.

Clases de provisiones

Las provisiones han de estar claramente especificadas en cuanto a su naturaleza y pueden venir determinadas por:

  • Una disposición legal.
  • Una disposición contractual.
  • Una obligación implícita o tácita. Tiene su origen en una expectativa válida creada por la empresa frente a terceros de asumir una obligación. Por ejemplo, la empresa se compromete a devolver la diferencia si el cliente encuentra el producto más barato.

El PGC contempla las siguientes provisiones:

  • La provisión por retribuciones a largo plazo al personal tiene su origen en obligaciones legales, contractuales o implícitas con el personal de la empresa que no tienen su origen en operaciones de reestructuración ni en pagos basados en instrumentos de patrimonio y sobre las que existe incertidumbre acerca de su cuantía o vencimiento. Como ejemplos se pueden señalar las retribuciones post-empleo de prestación definida o las prestaciones por incapacidad. En cuanto a la provisión correspondiente a retribuciones a largo plazo de prestación definida se cuantificará teniendo en cuenta los eventuales activos afectos, en los términos recogidos en la norma de registro y valoración.
  • La provisión para impuestos surge como consecuencia de deudas tributarias cuyo pago sea indeterminado en cuanto a su importe exacto o a la fecha en que se producirá, dependiendo del cumplimiento o no de determinadas condiciones. Recoge tanto la cuota y los intereses como la sanción que en su caso se pueda imponer.
  • La provisión para otras responsabilidades recoge pasivos no financieros surgidos por obligaciones de cuantía indeterminada no incluidas en ninguna de las restantes cuentas del subgrupo (14). Como ejemplos se pueden señalar las procedentes de litigios en curso, indemnizaciones u obligaciones derivados de avales y otras garantías similares a cargo de la empresa.
  • La provisión por desmantelamiento, retiro o rehabilitación del inmovilizado tiene su origen en los costes estimados de desmantelamiento o retiro del inmovilizado, así como la rehabilitación del lugar sobre el que se asienta. La empresa puede incurrir en estas obligaciones en el momento de adquirir el inmovilizado o para poder utilizar el mismo durante un determinado periodo de tiempo. Cuando se incurra en esta obligación en el momento de adquirir el inmovilizado o surja como consecuencia de utilizarlo con propósito distinto a la producción de existencias, supondrá un mayor valor del mismo (para más detalle véase el capítulo 13). Por el contrario, cuando se incurra en la obligación como consecuencia de haber utilizado el inmovilizado para producir existencias, no supondrá un mayor importe de éste.
  • La provisión para actuaciones medioambientales surge como consecuencia de obligaciones legales, contractuales o implícitas de la empresa o compromisos adquiridos por la misma, de cuantía indeterminada, para prevenir o reparar daños sobre el medio ambiente, salvo las que tengan su origen en el desmantelamiento, retiro o rehabilitación del inmovilizado, que se contabilizarán según lo establecido en la cuenta (143).
  • La provisión para reestructuraciones se destina a cubrir los costes estimados que surjan directamente de una reestructuración. Para que se pueda hablar de reestructuración la empresa ha de contar con un programa de actuación planificado y controlado por ella misma, que produzca un cambio significativo en el alcance de la actividad llevado a cabo por la empresa, o en la manera de llevar la gestión de su actividad. Para reflejar la provisión es preciso que se trate de costes que estén necesariamente impuestos por la reestructuración y que no estén asociados con las actividades que continúan en la empresa.
  • La provisión por transacciones con pagos basados en instrumentos de patrimonio recoge el importe estimado de la obligación asumida por la empresa como consecuencia de una transacción con pagos basados en instrumentos de patrimonio que se liquiden con un importe efectivo que esté basado en el valor de dichos instrumentos. Por ejemplo, opciones sobre acciones o derechos sobre revalorización de acciones.

En lo que respecta a la cuenta (499) recoge las provisiones para el reconocimiento de obligaciones presentes derivadas del tráfico comercial de la empresa. Incluye tanto la provisión por contratos onerosos, que se reconoce cuando los costes que conlleva el cumplimiento de un contrato exceden a los beneficios económicos que se esperan recibir del mismo; como la provisión para otras operaciones comerciales, para la cobertura de gastos por devoluciones de ventas, garantías de reparación, revisiones y conceptos análogos.

Clases de contingencias

Las contingencias pueden dar lugar a la aparición de obligaciones o derechos, de ahí que se pueda hablar de pasivos y activos contingentes.

Los pasivos contingentes surgen como consecuencia de:

  • Una obligación posible, surgida a raíz de sucesos pasados, cuya existencia ha de ser confirmada sólo por la ocurrencia, o en su caso por la no ocurrencia, de uno o más eventos inciertos en el futuro, que no están enteramente bajo el control de la empresa.
  • Una obligación presente, surgida a raíz de sucesos pasados, que no se ha reconocido contablemente por cualquiera de los dos motivos siguientes:
  • no es probable que la empresa tenga que satisfacerla desprendiéndose de recursos que incorporen beneficios económicos,
  • el importe de la obligación no puede ser valorado con la suficiente fiabilidad.

Por su parte, un activo contingente es un activo de naturaleza posible, surgido a raíz de sucesos pasados, cuya existencia ha de ser confirmada sólo por la ocurrencia, o en su caso por la no ocurrencia, de uno o más eventos inciertos en el futuro, que no están enteramente bajo el control de la empresa. Normalmente, los activos contingentes surgen por sucesos inesperados o no planificados, de los cuales nace la posibilidad de una entrada de beneficios económicos en la empresa. Un ejemplo puede ser la reclamación que la empresa está llevando a cabo a través de un proceso judicial, cuyo desenlace es incierto.

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