Renta fija
Los activos de renta fija se corresponden con un amplio conjunto de valores negociables que emiten las empresas y las instituciones públicas, y que representan préstamos que éstas entidades reciben de los inversores. Así pues, la renta fija no confiere derechos políticos a su tenedor, sino sólo derechos económicos, entre los que cabe destacar el derecho a percibir los intereses pactados y a la devolución de la totalidad o parte del capital invertido en una fecha dada, dependiendo de si es renta fija simple o no. Un inversor en renta fija se convierte en acreedor de la sociedad emisora, mientras que el accionista es un socio propietario de una parte del capital social. Esta diferencia no es insignificante, pues:
- En caso de liquidación de la sociedad, el acreedor tiene prioridad frente a los socios.
- El accionista cuenta con una serie de derechos cuyo ejercicio requiere un mayor compromiso que los del inversor en renta fija: mayor seguimiento de la información, participación en su caso en la Junta General de Accionistas o delegación del voto, etc.
Aunque tradicionalmente en la renta fija los intereses del préstamo estaban establecidos de forma exacta desde el momento de la emisión hasta su vencimiento, actualmente existen otras posibilidades más sofisticadas.
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Productos de Renta Fija
Aquí encontramos los distintos productos financieros en los que pueden clasificarse la Renta Fija
- Deuda pública:
- Letras del Tesoro,
- Bonos y obligaciones del Estado,
- Deuda Autonómica
- Otros Organismos Públicos)
- Renta Fija Privada:
- Pagarés de empresa,
- Bonos y obligaciones
- Bonos y obligaciones convertibles
- Cédulas hipotecarias
- Titulizaciones hipotecarias o de activos
- Participaciones Preferentes
Deuda pública
Son los valores emitidos por el Estado, las Comunidades Autónomas y otros organismos públicos.
- Letras del Tesoro: son valores de renta fija a corto plazo representados exclusivamente mediante anotaciones en cuenta. Se crearon en Junio de 1987, cuando se puso en funcionamiento el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones (CADE). Se emiten por subasta y el importe mínimo de cada petición es de 1000€. Las peticiones por importe superior han de ser múltiplos de 1000€. El inversor puede tramitar sus operaciones, tanto en el mercado primario como en el secundario, a través de cualquier entidad financiera, y también a través del Banco de España mediante las cuentas directas de deuda del Estado.
- Bonos y Obligaciones del Estado: son Valores del tesoro emitidos a medio y largo plazo a un plazo superior a 2 años. Únicamente difieren en su plazo de vencimiento. Se pueden comprar desde 1000€ de valor nominal o por múltiplos de esta cantidad. A lo largo de su vida, estos activos devengan un tipo de interés fijo que se abona mediante cupones anuales. En la página web de la Dirección General del Tesoro se puede obtener información sobre cualquier emisión de deuda pública del Estado, acudir a las subastas de deuda y contratarla sin costes. www.tesoro.es
- Deuda Autonómica: Las Comunidades Autónomas, corporaciones locales y diversos entes públicos emiten valores a corto plazo (pagarés) y a largo plazo. Sus características son similares a las de las Letras del Tesoro y los bonos y obligaciones del Estado, respectivamente.
Renta Fija Privada
Es el conjunto de valores de renta fija que están emitidos por empresas del sector privado. Los emisores tienen obligación de editar y registrar en la CNMV un folleto informativo cada vez que realizan una emisión de este tipo, cuando va dirigida al público en general.
- Pagare de empresa: Son valores cupón cero emitidos al descuento, por lo que su rentabilidad se obtiene por diferencia entre el precio de compra y el valor nominal del pagaré que se recibe en la fecha de amortización. Son a corto plazo, y existen vencimientos entre 3 días y 25 meses, aunque los plazos más frecuentes son de 1, 3, 6, 12 y 18 meses. Son colocados por una entidad bancaria que interviene abriendo una línea de crédito subsidiario de forma que se asegura la amortización de los títulos al vencimiento.
- Bonos y Obligaciones simples: Los bonos y obligaciones emitidos por las empresas son valores a medio y largo plazo. Sus características pueden variar considerablemente de un emisor a otro, e incluso en distintas emisiones de una misma compañía. Estas diferencias pueden ser la fecha de vencimiento, tipo de interés, periodicidad de los cupones, precios de emisión y amortización, las cláusulas de amortización y otras condiciones de emisión, las opciones de convertibilidad si las hubiera, o las garantías ofrecidas, entre otras.
- Obligaciones Convertibles: son aquellos activos que emitidos como títulos de renta fija en determinado momento pueden transformarse en títulos de renta variable o en otros de renta fija, dando lugar a su propia amortización. En general, la conversión desencadena un proceso de ampliación de capital en donde el número de acciones emitidas queda determinado por el número de obligaciones que se convierten.
- Cédulas hipotecarias: son títulos respaldados por el volumen de préstamos hipotecarios que tienen otorgados su emisor. Ambos se emiten en plazos similares, generalmente entre 1 y 3 años. Las rentas de estos títulos aparecen ligadas a las características de los préstamos hipotecarios y estos sirven como garantía para el pago periódico de intereses (fijos o variables) y la amortización del principal de cada título.
- Titulización Hipotecaria: La titulización es un método de financiación de empresas basado en la venta o cesión de determinados activos (incluso derechos de cobro futuros) a un tercero que a su vez, financia la compra emitiendo valores que son los que colocan entre los inversores.
Participaciones Preferentes
También denominadas, cuando las emite una sociedad extranjera, acciones preferentes. Son un instrumento financiero emitido por una sociedad que no otorga derechos políticos al inversor, ofrece una retribución fija (condicionada a la obtención de beneficios) y cuya duración es perpetua, aunque el emisor suele reservarse el derecho a amortizarlas a partir de los cinco años, previa autorización del supervisor (en el caso de las entidades de crédito, el Banco de España).
Son los últimos inversores en cobrar en caso de quiebra de la entidad, sólo antes de los accionistas.
En el pasado eran emitidas por filiales instrumentales radicadas en el extranjero –fundamentalmente centros offshore -, pero desde 2003 está regulada su emisión desde territorio español.
Fiscalidad de la Renta Fija
Los rendimientos, sean implícitos o explícitos, se consideran rendimientos de capital mobiliario, correspondientes al ejercicio en el que se produce el pago de cupones o la transmisión o amortización del título. Se integran a la base imponible del ahorro en el IRPF:
- En el caso de intereses (cupones, es decir, rendimientos explícitos) por el importe íntegro cobrado.
- En el caso de reembolso o transmisión (rendimientos implícitos) por la diferencia entre el valor de transmisión y el de adquisición, teniendo en cuenta los gastos inherentes de adquisición (que incrementan su valor) y de transmisión (que lo reducen).
Al hacer la declaración de la renta, la base liquidable del ahorro tributa al 19% para los primeros 6.000 €. A partir de esa cantidad tributa al 21%.
Si se quiere invertir en renta fija, lo habitual es abrir una cuenta de valores en cualquier entidad de crédito (banco o caja). La compra de títulos se adeuda de esta cuenta y los rendimientos obtenidos también se depositarán en ella. Estas cuentas suelen cobrar comisiones sobre intereses recibidos y también gastos de administración y depósito. Los gastos de administración y depósito de valores de renta fija son fiscalmente deducibles.
Se aplica una retención del 19%, excepto en el caso de:
- Letras del Tesoro, cuyo rendimiento no está sujeto a retención.
- Rendimientos derivados de la transmisión (venta) de valores de renta fija antes de su vencimiento. El importe de los cupones pagados sí está sujeto a retención.
Bibliografía
- Libro Gestión del Riesgo de Interés. Autor: Antonio María Gil Corral