Política Agrícola Común
La Política Agrícola Común, también conocida como PAC, es el resultado de la cesión a la Unión Europea de todas las competencias en materia de agricultura y ganadería de sus Estados miembros.
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Orígenes y objetivos
Durante los años en los que tuvo lugar la Segunda Guerra Mundial, se llevaron a cabo políticas de racionamiento de alimentos y entregas obligatorias de los agricultores y ganaderos a los estados. Sin embargo, esa protección se fue convirtiendo en un intervencionismo casi completo del sector. De este modo, los legisladores de la Unión Europea, en el momento de su constitución, deciden crear una política común para este sector. Esta Política Agrícola Común está orientada a la consecución de cinco objetivos clave:
- Incrementar la productividad agrícola y ganadera.
- Mejorar el nivel de vida de agricultores, ganaderos, así como de los ciudadanos vinculados a este sector.
- Evitar elevadas fluctuaciones en los precios mediante un intento de estabilizar la producción.
- Garantizar un suministro mínimo de alimentos para la población.
- Proteger el medio ambiente y los recursos naturales.
Características
Se trata de una política originaria, que surge con el fundacional Tratado de Roma. Es una política a la que, tradicionalmente, la Unión Europea ha dedicado un mayor porcentaje de recursos de su Presupuesto comunitario. Ha llegado a representar, durante los años 70, un 70% del gasto total del Presupuesto de la Unión. Desde hace unos años atrás se ha venido reduciendo dicho porcentaje,actualmente equivale al 34% del Presupuesto, con vistas a que otros objetivos, más relacionados con Política Regional o de cohesión, y temas medioambientales, puedan disponer de una mayor proporción de los fondos. Además ha sido desde sus inicios una fuente de conflictos entre los Estados miembros tradicionalmente agrarios, y aquellos en los que la agricultura y la ganadería representan un porcentaje casi nulo de sus ingresos.
Principios
La Política Agrícola Común se organiza en base a tres principios:
- Unidad de mercado: libre circulación de productos agrícolas. Esto hace necesaria una regulación del mercado interior, que, en el caso de la Unión Europea se lleva a cabo mediante un sistema de compras de productos agrarios a precios fijos, únicos y garantizados al productor.
- Preferencia comunitaria: establece un tratamiento exterior subordinado a los intereses de los productos internos comunitarios.
- Solidaridad financiera: establece el sufragio de todos los gastos originados por la aplicación de dicha política por el Presupuesto Comunitario; por lo que, la aplicación de dicho presupuesto se realizará aceptando el eventual efecto redistributivo entre estados miembros.
Funcionamiento
Todo el funcionamiento de la Política Agrícola Común viene organizado a través de Organizaciones Comunes de Mercado (OCM). Éstas son marcos jurídicos que reglamentan el mercado interior, el de intercambios con países no pertenecientes a la Unión y las normas de competencia, con el fin de estabilizar los mercados y garantizar un nivel de calidad de vida aceptable y un incremento de la productividad.
Tipología de las Organiazaciones Comúnes de Mercado
- OCM con intervención interior y protección exterior.
- OCM con protección exterior.
- OCM con ayudas complementarias a los precios.
- OCM con ayudas globales a los productores.
Mecanismo de las Organizaciones Comúnes de Mercado
Estas organizaciones se articulan a través de tres mecanismos:
Sistema de precios
Se lleva a cabo un control sobre los mismos, tanto a nivel interior como exterior.
A nivel interior de la Unión Europea
El Consejo de Ministros fija, para cada año, y publica en el Diario Oficial de la Comunidad Europea, los siguientes precios:
Precio mínimo; al que debe tender el mercado de manera más o menos natural.
Precio umbral; viene a compensar la diferencia de precios entre el mercado mundial y el comunitario. Este servirá de base para el cálculo de las exacciones reguladoras que han de satisfacer los productos procedentes de países exteriores.
Precio de intervención o retirada; a partir del cual, si no se encuentran compradores en el mercado comunitario ni en el exterior, los organismos de intervención comprarán al agricultor o ganadero el producto. Se trata así de un modo de subvención.
A nivel exterior
La Política Agrícola Común no permite la entrada libre en el mercado comunitario de aquellos productos que en él se comercialicen, pudiendo, de no ser así, quedar estos en desventaja frente a los exteriores. La ayuda que establece la Política es una tasa, conocida como prélèvement, que debe ser liquidada por el productor del territorio externos al introducir su producto en el mercado comunitario, igualándose así el precio exterior al precio umbral. En el caso de que un producto interior quiera exportarse allí donde los precios de mercado sean menores, se venderá al precio de mercado del territorio de destino, y recibirá de la Política Agrícola Común unas restituciones por la diferencia entre éste y el precio de retirada.
Sistema de calidades
Requisitos de calidad, tamaño, aspecto, condiciones de transporte o distribución y almacenaje, así como de una amplia gama de características, que los productos deben cumplir para poder ser respaldados por la Política Agrícola Común.
Política de Estructuras
Los fondos agrícolas que pretenden ayudar a mejorar, mecanizar y reconvertir la explotaciones agrarias actualmente son dos:
- Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural
- Fondo Europeo Agrícola de Garantía
Bibliografía
CUENCA, Eduardo (2007)"Economía de la Unión Europea". Ed.Pearson Educación. Madrid.
Enlaces externos
Centro de Documentación Europea. Universidad de Alicante. Diario Oficial de la Unión Europea
Enciclopedia y Biblioteca Virtual de las ciencias Económicas, Sociales y Jurídicas