Tratado de Maastricht

De Descuadrando

El Tratado de Maastricht, también conocido como Tratado de la Unión Europea (TUE), fue firmado en diciembre de 1991, aunque no entró en vigor hasta el 1 de noviembre de 1993. Fruto del acuerdo en la Cumbre Europea de Maastricht, marca una nueva etapa en la integración europea, pues pone en marcha la unificación política. Con él, la Comunidad económica europea (CEE) pasa a llamarse Comunidad Europea (CE).


Contenido

Pilares

Las comunidades europeas

Formadas por la Comunidad Europea, la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA) y Euratom.

Podemos destacar dentro de este pilar 4 aspectos fundamentales:

- Unión política Con principios y valores comunes, el establecimiento de la ciudadanía europea y la mejora de la cohesión económica y social en la región.

- Consolidación del mercado único

- Avances en unión económica y monetaria

- Políticas comunes En estas incluimos la de competencia, comercial, regional, social, I+D, medioambiente, transporte y redes transeuropeas.


Política exterior y de seguridad común (PESC)

Se instaura una política exterior y de seguridad común que permite a los Estados miembros llevar a cabo acciones comunes en materia de política exterior. De este modo, sirve a la defensa de los valores y la independencia europea, al mantenimiento de la paz, y al fomento de la cooperación internacional. Este pilar cuenta con un proceso de toma de decisiones intergubernamental, que suele requerir la unanimidad.

Supresión de fronteras interiores

Referido a la cooperación en materia de Justicia y Asuntos de Interior (JAI), la Unión debe realizar una acción conjunta para así poder ofrecer a los ciudadanos un alto nivel de protección en un espacio de libertad, seguridad y justicia. Al suprimirse los controles policiales de las fronteras, se tienen que reforzar mediante controles exteriores y la colaboración policial y judicial en el interior de la Unión. El proceso de toma de decisiones también es intergubernamental.

Principales novedades del Tratado

Instituciones

Los derechos y la participación del Parlamento Europeo, es decir, sus competencias, se ven aumentadas. El Tratado crea un nuevo procedimiento de codecisión, que permite al Parlamento adoptar actos junto con el Consejo, por ello, incrementa su participación en la legislación. Además tiene voto de aprobación en la elección de la Comisión, así como voto de aprobación en todos los tratados internacionales de importancia. De este modo, se colabora en la formación de una conciencia europea y en la expresión de la voluntad política de los ciudadanos de la Unión.

En cuanto a la Comisión Europea, la duración de su mandato se amplia de cuatro a cinco años para igualarlo al del Parlamento.

También se crea el Comité de las Regiones, con el objetivo de reconocer la importancia de la dimensión regional. Este está compuesto de representantes de las colectividades regionales, teniendo carácter consultivo.

Unión económica y monetaria (UEM)

El objetivo de esta política es instaurar una moneda única, garantizando su estabilidad mediante la de los precios y el respeto de la economía de mercado. Para ello, los Estados deben coordinar sus políticas económicas, establecer una vigilancia multilateral de esa coordinación y quedar sometidos a normas de disciplina financiera y presupuestaria. Sus disposiciones establecen las fases y el calendario de la unión monetaria. Se indican además los objetivos de la regulación monetaria (estabilidad de precios) y sus instituciones (Sistema Europeo de Bancos Centrales, SEBC)

Ciudadanía

Se instaura una ciudadanía europea, que se añade a la nacional. Toda persona en posesión de la nacionalidad de un Estado miembro, es también ciudadano de la Unión. Esta calificación concede nuevos derechos a los europeos, que son:

  • Derecho de libre circulación y residencia en la Comunidad
  • Derecho a votar y ser candidato en las elecciones europeas y municipales en su Estado de residencia
  • Derecho a protección diplomática y consular de un Estado miembro distinto del de origen en el territorio de un país tercero en el que el Estado de origen no tenga representación
  • Derecho de petición ante el Parlamento Europeo y a presentar una denuncia ante el Defensor del Pueblo Europeo.

Protocolo social

Con este protocolo anexo al Tratado, las competencias de la Comunidad se amplían también al terreno social. Como excepción, el Reino Unido no participa en él. Tiene los siguientes objetivos:

  1. Promocionar el empleo en la Comunidad
  2. Mejorar las condiciones de vida y trabajo de los ciudadanos europeos
  3. Suministrar una protección social adecuada
  4. Fomentar el diálogo social
  5. Desarrollar los recursos humanos para así garantizar un elevado y duradero nivel de empleo
  6. Integración de aquellas personas excluidas del mercado laboral

Principio de subsidiariedad

Se retoma este principio, que en el Acta Única Europea se aplicaba a la política de medio ambiente. Este establece que si una competencia no es exclusiva de la Comunidad, ésta solo va a intervenir si los objetivos se pueden cumplir mejor a escala comunitaria que a nivel nacional.

Modificaciones aportadas al Tratado


Bibliografía

CUENCA GARCÍA, EDUARDO: “Economía de la Unión Europea” Ed. Pearson Madrid (España) 2007


Enlaces externos

Legislación de la Unión Europea. Tratado de Maastricht

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