Sistema Bancario Español
El sistema financiero se puede clasificar de varias maneras, una de ellas es distinguiendo entre entidades bancarias y no bancarias. Las entidades bancarias están caracterizadas fundamentalmente porque están autorizadas a captar fondos del público en forma de depósitos o pasivos similares. Son financiados por fondos que vienen del Banco de España y prestamos de otras entidades financieras, junto con fondos propios como son las acciones, reservas y beneficios no distribuidos. Por tanto, el sistema bancario español comprende a bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito.
Junto a esta, existen otras entidades financieras como el ICO, los Establecimientos Financieros de Crédito (EFC) y las Entidades de Dinero Electrónico (EDE) que no tienen en su poder constituir depósitos pero sí pueden prestar fondos, por lo que forman parte del sistema crediticio y sus actividades son supervisadas por el Banco de España.
El sistema bancario es el núcleo central del sistema financiero y crediticio en España, ya que incluye todas las entidades de depósito y tiene un evidente pero específico.
Contenido |
Banca privada
Un banco privado es una sociedad anónima que se financia mediante la emisión de acciones y remunera este capital con el reparto anual de dividendos, a los que destina parte de sus beneficios, por lo que se trata de entidades con ánimo de lucro. Se puede ver como una gestión de grandes patrimonios, que supone una atención exclusiva, cuidada y personalizada. Los productos en los que invierten los clientes se adaptan a sus necesidades financieras, fiscales y familiares.
Ventajas
- Gestión personalizada y trato exquisito.
- Oferta de productos que se ajustan a las preferencias y necesidades concretas del inversor.
- Asistencia al cliente de forma permanente.
- Atención constante sobre la evolución de las inversiones realizadas.
Inconvenientes
- El cliente debe abonar una comisión por servicio.
- Riesgo de recibir asesoramiento interesado en beneficio de la entidad.
Cajas de ahorros
Una caja de ahorros tiene carácter fundacional y por tanto, en algunas de sus características más destacadas se distinguen de los bancos:
- En primer lugar, como no son sociedades anónimas no emiten acciones y se tienen que autofinanciar mediante las reservas y otros mecanismos como pueden ser pasivos subordinados o cuotas participativas. La forma jurídica que presenta implica que sus órganos de gobierno no se constituyan de la misma forma que en los bancos, existen diferencias muy grandes.
- En segundo lugar, no pueden ser compradas por bancos por su carácter fundacional, pero si pueden comprarlos.
- Otra diferencia que podemos encontrar sería que los beneficios después de impuestos no se reparten a los accionistas sino que se destina una parte a reservas legales y voluntarias y el resto es aportado al fondo de Obra Benéfica Social. Así, parte de los beneficios obtenidos se reinvierten en su ámbito territorial en forma de actuaciones vinculadas a distintos campos como la cultura, sanidad, educación, medio ambiente, etc.
Desde el punto de vista operativo, cajas y bancos se han ido equiparando y compiten en el mercado financiero pudiendo realizar las mismas operaciones.
Cooperativas de crédito
Una cooperativa de crédito se define como una sociedad cuyo objetivo social es servir a las necesidades financieras de sus socios y de terceros mediante el ejercicio de actividades propias de las entidades de crédito. Por tanto, reúnen una doble condición jurídica, siendo sociedades cooperativas, sometidas a la legislación vigente de cooperativas, y entidades de depósito, sometidas a la normativa que regula los intermediarios financieros bancarios. De esta misma forma, también dependen de dos ministerios, el de Trabajo, por ser cooperativa, y el de Economía, por ser entidad de crédito.
Características más destacadas
- El número de socios es ilimitado y variable, ya que la adhesión y la baja son voluntarias. Esto provoca que el capital también sea variable, dependiendo del número de socios.
- Los beneficios después de impuestos deben ser destinados como mínimo en un 50% a reservas obligatorias y un mínimo del 10% a un Fondo de Educación y Promoción. El resto se podrá distribuir entre los socios o ser dedicado a otro fin.
- Los órganos de gobierno son la Asamblea General y el Consejo Rector.
- Las actividades que pueden realizar son las mismas que los bancos y las cajas de ahorros, salvo que deben atender preferentemente a las necesidades financieras de sus socios.
La presencia de estas entidades en el sistema financiero se encuentra a gran distancia de bancos y cajas.
Bibliografía
González Moreno, M y cía ; Temas de Economía Española, Tirant lo Blanch